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Derecho aragonés

Derecho aragonés en la Universidad: 1851

El día 2 comentaba una propuesta de 1881 para crear una cátedra de Derecho aragonés. Antecedentes, decía, seguro que hay. Por ejemplo, éste.
Cuando en 1851 los jóvenes abogados Luis Franco y López y Felipe Guillén y Caravantes publican sus "Instituciones de Derecho civil de Aragón", se hacen gestiones para que el libro sirva de texto en la Universidad (entonces los "libros de texto" los decidía el Ministerio). El Ministro no accedió, pero sí indicó que los catedráticos de civil de Zaragoza, que habían de explicar las leyes de Castilla, indicaran verbalmente las diferencias que había con los Fueros y Observancias vigentes en Aragón (de manera similiar, los catedráticos catalanes respecto de su Derecho).
Esto es lo que, de hecho, creo que ha ocurrido desde entonces y también antes. Cada catedrático de civil, según sus gustos y aficiones, ha mencionado más o menos en sus clases las instituciones del Derecho civil de Aragón. Pero no estaban en el programa de la asignatura, ni eran materia de examen. Así, hasta ahora mismo.
La anécdota de la instancia al Ministro del Ramo y su respuesta la cuenta Moneva, en su "Biografías de Franco y Guillén"

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