Una sentencia sobre sucesión troncal. La utilidad de un gráfico.
Cuando algunos bienes de un difunto proceden de sus antepasados, el sentido jurídico de los aragoneses quiere que se tenga en cuenta el tronco o línea de donde los bienes proceden para determinar quién habrá de heredarlos.
Paterna paternis, materna maternis es una vieja forma de expresarlo: los bienes que proceden de los parientes del padre los heredarán los parientes del padre, y del mismo modo los bienes de procedencia materna serán para los parientes de esta rama. Aunque haya otros parientes más cercanos del difunto, que quedarán excluidos en la sucesión de aquellos bienes.
Las reglas son necesariamente complejas: es una razón por la que se ha prescindido de ellas en la mayor parte de los Derechos contemporáneos. Otra razón es la pérdida o atenuación del sentido de la familia entendida como estirpe o linaje.
Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Alcañiz (4 de noviembre de 2003) se ocupa de un caso de este tipo.
La Juez explica con claridad los hechos sobre los que juzga y, en particular, las relaciones de parentesco. Para este fin incluye un árbol familiar del causante, dibujado con las facilidades que proporciona el ordenador. Iniciativa poco usual que hay que aplaudir. Si el ejemplo cunde, muchas sentencias incorporarían útilmente organigramas, planos de edificios y otras representaciones gráficas.
La sentencia se reproduce íntegra, cambiando los apellidos por iniciales tanto en el texto como en el gráfico.
Paterna paternis, materna maternis es una vieja forma de expresarlo: los bienes que proceden de los parientes del padre los heredarán los parientes del padre, y del mismo modo los bienes de procedencia materna serán para los parientes de esta rama. Aunque haya otros parientes más cercanos del difunto, que quedarán excluidos en la sucesión de aquellos bienes.
Las reglas son necesariamente complejas: es una razón por la que se ha prescindido de ellas en la mayor parte de los Derechos contemporáneos. Otra razón es la pérdida o atenuación del sentido de la familia entendida como estirpe o linaje.
Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Alcañiz (4 de noviembre de 2003) se ocupa de un caso de este tipo.
La Juez explica con claridad los hechos sobre los que juzga y, en particular, las relaciones de parentesco. Para este fin incluye un árbol familiar del causante, dibujado con las facilidades que proporciona el ordenador. Iniciativa poco usual que hay que aplaudir. Si el ejemplo cunde, muchas sentencias incorporarían útilmente organigramas, planos de edificios y otras representaciones gráficas.
La sentencia se reproduce íntegra, cambiando los apellidos por iniciales tanto en el texto como en el gráfico.
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