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Derecho aragonés

San Jorge y el Derecho civil de Aragón

Hoy, 23 de abril, día de San Jorge Patrono de Aragón, entra en vigor el Estatuto de
Autonomía de Aragón aprobado el pasado 20 y que hoy publican el BOE y el BOA. Los
periódicos aragoneses han regalado un ejemplar y todos podemos acceder a las
publicaciones oficiales a través de http://www.aragon.es (en portada).
También ha entrado en vigor la Ley de Derecho de la Persona.
Sobre San Jorge en los Fueros, puede verse
lo escrito hace unos años
Unas pequeñas notas sobre el Estatuto, en relación con el Derecho civil aragonés. Ahora
el Derecho Foral comparece en el Preámbulo como "seña de identidad de su historia";
también en el art. 1.3 se dice que es en virtud del Derecho foral, junto con las
Instituciones tradicionales y la cultura, como Aragón ostenta una identidad propia.
Entre las competencias, naturalmente, vuelve a aparecer, ahora en el art. 71-2ª, de la
siguiente manera: "Conservación, modificación y desarrollo del Derecho foral aragonés,
con respeto a su sistema de fuentes". No entiendo bien esto último y no me parece que
sea una mejora sobre el texto anterior.
Por supuesto, hay otros muchos preceptos que nos interesan en este curso y sobre los
que tendremos ocasión de tratar. En el art. 63 se reintroduce la mención del recurso de
casación civil, que se "perdió" en 1996. Todo el título IV ("La Justicia") parecerá
especialmente interesante a Jueces y Magistrados.
Señalo el art. 9, eficacia de las normas, y el 78, Notarios y registradores. En la potestad
legislativa es una importante novedad la introducción de los Decretos-leyes en el art. 44.

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